26 de abril de 2011

Capacitaciones presenciales y a distancia en CaCESFe

La Cámara de Comercio Exterior de Santa Fe informa que se encuentran abiertas las inscripciones para las siguientes capacitaciones:

Diplomatura Universitaria
Administración Profesional de Pymes
Presencial - 12 encuentros - Inicia 04 de mayo de 2011
Destinatarios
Empresarios, Profesionales, Funcionarios relacionados con empresas Pymes que operan en el mercado interno y/o externo. NO requiere título universitario o terciario previo.
Cronograma 12 encuentros
12 encuentros presenciales de 6 horas cada uno. Miércoles de 14.30 a 20.30 hs. Desde el 04/05 al 27/07
Lugar: San Martín 2231 - Ciudad de Santa Fe
Unidades de estudio
Entrepreneurship y Administración Profesional de Pymes Argentinas / Habilidades Directivas I: Liderazgo, Trabajo en Equipo y Redes. /Habilidades Directivas II: Negociación y Cabildeo./ Responsabilidades Directivas/ Integridad Empresarial y Responsabilidad Social Empresaria /Gestión de MKT : Marketing Estratégico/ Marketing operacional/ Gestión de RRHH/ Gestión Financiera/ Análisis de Estados Contables para la toma de decisiones/ Análisis de Equilibrio/ Calidad y Gestión de operaciones

100% a distancia
Operatoria Bancaria de los Negocios Internacionales
Inicia el 05 de mayo – A cargo de Lic. Marcelo Santoro
Destinatarios
Alumnos avanzados, profesionales o personas vinculadas al comercio exterior, despachantes de aduana, agentes de transporte, oficiales de Bancos e interesadas en incorporar conocimientos prácticos de la materia.
NO requiere título universitario o terciario previo.
Metodología
Los cursos se desarrollarán 100% a distancia a través de la plataforma e-learning http://campus.comercioexterior.org.ar que incluye: Lecturas del material digital / Foros de discusión continuos/ Ejercicios de aplicación/ Encuentros virtuales a través del Chat/ Consultas permanentes al profesor tutor.

Curso de Entrenamiento
Herramientas de Gestión y Negociación Claves para el éxito exportador
Presencial - Inicia 20 de mayo de 2011
Destinatarios
Empresas, Profesionales, Funcionarios y Estudiantes relacionados con los negocios en el mercado internacional.
Cronograma de 8 encuentros
Viernes 16 a 21.30 / Sábados 8.30 a 13. (20, 21, 27, 28 de mayo - 03, 04, 10 y 11 de junio)
Lugar: Ciudad de Santa Fe
Docentes:
Mg. Marcelo Elizondo
Lic. Mariano Mastrángelo

INFORMES E INSCRIPCIÓN
Cámara de Comercio Exterior de Santa Fe - CUPOS LIMITADOS
San Martín 2231 Cp3000 Santa Fe
Tel: 0342 4554511 //E-mail: capacitacion@comercioexterior.org.ar
www.comercioexterior.org.ar
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20 de abril de 2011

Posgrado en Gestión Integral Portuaria en Santa Fe

El Puerto de Santa Fe junto a la Facultad de Ciencias de la Tierra y el Ambiente de la Universidad Católica de Santa Fe organizan el Curso de Posgrado en Gestión Integral Portuaria, a realizarse a partir del lunes 25 de abril, de 9 a 17 hs. en la Sede de la UCSF, Echagüe 7151 - Santa Fe.

El Curso ha sido diseñado para responder a la necesidad de las empresas y organismos vinculados al sector portuario de contar con profesionales altamente cualificados capaces de enfrentar con eficacia los nuevos retos del sector.

Éste Posgrado contará con un destacado cuerpo docente integrado por el Cdor. Fernando Molinari, la Dra. María Belén Canale, los Ing. Sebastián Alonso y Laura Berros, el Cdor. Fabio Arredondo, entre otros. Además participarán invitados especiales como el Subsecretario de Puertos y Vías Navegables de la Nación, Dr. Ricardo Luján y el Presidente del Ente Administrador Puerto de Santa Fe, Cdor. Marcelo Vorobiof.

Los destinatarios del Curso de Posgrado en Gestión Integral Portuaria son: profesionales del sector portuario que deseen ampliar y actualizar sus conocimientos, licenciados ingenieros y técnicos que deseen orientar su perfil profesional hacia este sector y estudiantes avanzados de carreras afines.

Las unidades temáticas que integran el Curso y que se desarrollarán de 9 a 17 hs en el aula 2.53, son:

  • Módulo 1. (25/4): Modelos de desarrollo portuario.
  • Módulo 2. (2/5): Características portuarias en Argentina y en la Provincia de Santa Fe.
  • Módulo 3. (9/5): La Gestión Ambiental Portuaria.
  • Módulo 4. (16/5): Logística Portuaria.
  • Módulo 5. (23/5): Importancia de la seguridad en los puertos.
  • Módulo 6. (30/5): Infraestructura al servicio del Intermodalismo.

Costo de la inscripción: $300.-
Para informes e inscripciones, comunicarse telefónicamente al 0342-4603030 interno 131/122 o vía mail a fctya@ucsf.edu.ar.

Auspician el Curso de Posgrado en Gestión Integral Portuaria:
Bolsa de Comercio de Santa Fe.
Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Nación.
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7 de abril de 2011

Resolución 39/2011 UIF: norma antilavado convulsiona comercio exterior argentino

Por Nicolás Martín Cassanello
Desde hace un tiempo que profesionales y empresarios vinculados al comercio exterior exhiben una profunda preocupación. Razones no les faltan.Hasta hace un par de meses la atención estaba puesta sobre implementación del nuevo y (conflictivo) régimen de exportación para cargar en planta establecido por la Aduana. Posteriormente se conoció la decisión del gobierno nacional de ampliar la nómina de mercaderías sujetas al Sistema de Licencias No automáticas de Importación.El sombrío panorama se completa con el reciente dictado de la Resolución 39/2011 de la Unidad de Información Financiera que establece un régimen informativo de control y prevención de lavados de activo y financiamiento del narcotráfico, colocando en cabeza de importadores, exportadores, despachantes de aduana y agentes de transporte aduanero (los «sujetos obligados») un cúmulo de obligaciones y responsabilidades dirigidas a combatir estos delitos.
En octubre de 2010, el el Grupo de Acción Financiera Internacional (G.A.F.I.) que integra nuestro país formuló una serie de observaciones sobre el pobre desempeño del país en la lucha contra el blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo para el periodo 2004-2009. Probablemente este tirón de orejas explica la inusitada labor reglamentaria de la UIF al dictar 22 resoluciones en los primeros tres meses del año, apenas tres resoluciones menos que las dictadas durante los cuatro años anteriores (2 resoluciones en 200, 4 resoluciones en 2008, 10 Resoluciones en 2009, 9 Resoluciones en 2010). Difícil establecer si hubo parsimonia oficial en los años previos aunque, en contraste, aparece sobreactuada la gestión durante los últimos meses.


El régimen establecido por la Resolución 39 emula a otros que en la actualidad alcanzan a escribanos públicos, registros públicos de comercio, entidades financieras, operadores de tarjetas de créditos, entre otros.
La principal responsabilidad de los sujetos obligados consiste en prevenir, detectar y reportar todo hecho y omisión que pueda provenir de delitos relativos al lavado de activos y financiamiento de terrorismo.
Las obligaciones más destacadas que contempla la norma aluden a la necesidad de los sujetos obligados de designar un «oficial de cumplimiento», realizar tareas de auditoría interna, programas de capacitación en la materia, implementar políticas de identificación y conocimiento del cliente, realizar reportes sistemáticos a la Unidad de Información Financiera, reportar operaciones sospechosas, entre otras.


La medida ha sido fuertemente criticada por los operadores del comercio internacional, quienes ahora deberán preocuparse más por oficiar de detectives antes que de realizar sus actividades habituales. Durante los meses de Febrero y Marzo la Federación de Cámaras de Comercio Exterior de la República Argentina (Fe.Ca.C.E.R.A.), la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (A.D.I.M.R.A.), el Centro de Despachantes de Aduana de la República Argentina (C.D.A.), la Cámara de Importadores de la República Argentina (C.I.R.A.) , la Cámara de Exportadores de la República Argentina (C.E.R.A.) entre muchas otras, realizaron presentaciones administrativas efectos de manifestar su preocupación y solicitar la suspensión de la medida.
Al momento (principios de Abril), la respuesta oficial apenas consistió en dictar las Resoluciones 50 y 51 por las que se aprueban, respectivamente, el “Sistema de Reporte de Operaciones —Manual del Usuario— I. Registración” y el “Sistema de Reporte de Operaciones —Manual del Usuario— II. ROS - RFT” por el que los sujetos obligados cumplen con su deber de informar.


Estas líneas son la introducción a una materia hasta el momento extraña a los operadores de comercio internacional (también lo es para muchos operadores jurídicos). Más adelante continuaremos desarrollando esta temática bajo una óptica jurídica con el objeto de dilucidar su contenido, precisar sus limitaciones, destacar obligaciones y responsabilidades que de ella se desprenden.
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