14 de diciembre de 2015

Los ministerios del Ingeniero

por NICOLÁS CASSANELLO

El presidente Macri ya tiene su propia versión de la Ley de Ministerios, conforme a las modificaciones ordenadas por el decreto 13/2015.
El asunto nos parece particularmente relevante, ya que durante la presidencia de Cristina Fernández se introdujeron algunos cambios a la estructura ministerial sobre los cuales escribimos en el blog.

La sintonía fina.
Contamos en este post que durante la ceremonia de jura y asunción del segundo mandato presidencial, la presidenta formuló un repaso de las principales medidas y logros concretados durante el período 2003-2011, al que calificó como el "de crecimiento más largo en sus 200 años de historia". En aquel momento expresaba que
"He dado orden a mis ministros de la necesidad de hacer sintonía fina. Para ello también he dispuesto que, en el ámbito del ministerio de Economía, se cree una Secretaría de Comercio Exterior que, junto a la Secretaría de Comercio Interior, como en todos los países del mundo el comercio no es a dos bandas, es una sola banda, bajo la égida y la órbita del ministro de Economía y con la dirección de la Presidenta de la Nación, Comercio Exterior y Comercio Interior sean al mismo tiempo las dos caras de una moneda que es el comercio de la República Argentina que es una sola y que no puede estar dividida."
Hernán Lorenizo ocupaba la cartera de Economía (luego se quiso ir).
Beatriz Paglieri arribó por un par de años a la Secretaría de Comercio Exterior, luego se mudó a la Aduana como Directora General adjunta.

Los cambios a la estructura ministerial se hicieron efectivos mediante el Decreto 2082/2011 (B.O. 12/12/11), reasignando competencias al Ministerio de Economía y a la Cancillería. Es así que el artículo 2 sustituyó el nombre del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, que pasó a denominarse MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
El artículo 3 le asignó competencia al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas en “todo lo inherente a la política económica y el desarrollo económico, a la administración de las finanzas públicas, al comercio interior e internacional, (…).

El ministerio de transporte que no entendía de transporte fluvial.
A principios de 2015 las carteras ministeriales volvieron a retocadas.
El Decreto 441/2015 (B.O. 26/3/2015) dispuso transferir las facultades sobre aplicación y control del transporte fluvial y marítimo, puertos y vías navegables de la cartera de Interior y Transporte a la de Economía.
La medida, a todas luces irrazonable, se limitó exclusivamente al transporte por agua.
La competencia sobre aplicación, regulación y fiscalización del transporte aéreo y terrestre permanecerían en la órbita del Ministerio del Interior y Transporte. Desconcertante.
A quien le interese leer más sobre este episodio, puede consultar nuestro post en este enlace.

Cambiemos (la Ley de Ministerios).
Ni compartimentos estancos ni ministerios multitask.
Una primera lectura del decreto 13/2015 revela el involucramiento de distintas carteras en asuntos comex. Estas ideas son siempre bienvenidas, en tanto exista una adecuada coordinación y dirección estratégica que apunte a consolidar una verdadera y eficiente Ventanilla Única de comercio exterior.
Se aprecia en el breve esquema que preparamos que existen algunos tópicos asignados por igual a distintas carteras (organización y promoción de ferias y misiones, aplicación de medidas contra prácticas desleales del comercio, y otros).
Otras cuestiones se encomiendan a ciertos ministerios en particular: aplicación de medidas fito y zoosanitarias al ministerio de Agroindustria; participación de la Fundación Exportar al ministerio de la Producción; entender en todo lo relacionado con el transporte terrestre y aéreo al Ministerio de Transporte. También el transporte fluvial y marítimo, como indica el sentido común.


Para concluir, un comentario acerca de los modos en que se instrumenta esta medida.
Expresa el decreto 13/2015 en sus considerandos "Que la urgencia en la adopción de las presentes medidas, para el inmediato inicio de la nueva gestión gubernamental, hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las leyes."
Entendemos que la norma no supera el umbral fijado por la Corte Suprema en "Consumidores Argentinos".
Suponemos también que urgía a la nueva administración poner en funcionamiento al nuevo equipo de colaboradores. Seremos indulgentes en esta oportunidad, esperando que la expresión "Cambiemos" también rompa con los "decretazos" a los cuales echaron mano todos los presidentes.

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